Durante la mañana de hoy se ha creado el primer precedente en favor del olvido digital de los buscadores de Internet por la sentencia del TJUE.

Mario Costeja, périto caligráfico de 59 años, se ha convertido sin quererlo en el impulsor de una nueva obligación por parte de los buscadores a los que el Tribunal de justicia de la Unión Europea obliga a eliminar ciertos registros de sus indices de resultados cuando éstos cumplan ciertas condiciones, como que sean perjudiciales y caducos aunque fuera de lícita publicación.

El denunciante lleva desde el año 2010 peleando contra la empresa del buscador, un día introdujo su nombre y aparecía una publicación del año 1998 por una subasta inmobiliaria debiada a un impago. La noticia salió en el periódico La Vanguardia y que posteriormente fué digitalizada e indexada por el buscador. Tras encontrar la noticia se interpuso la demanda de la eliminación del contenido dado que ésta situación ya había sido saldada.

El buscador advirtió que era responsabilidad del editor, el diario que la publicó, el que debía bloquear el acceso a la noticia para que ésta fuera eliminada de sus índices de resultados, y que nadie podía pedir la eliminación de contenidos aunque les fueran referentes si no eras los publicadores originales, además de que al tener su sede en Estados Unidos solo podían regirse bajo sus leyes y no por las de la comunidad Europa.

El señor Costeja, de mano de la Agencia Española de protección de datos, interpuso denuncia ante el tribunal competente que en Junio del pasado año 2013 la remitió al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en primera instancia daba la razón a la empresa de mano del abogado general Niilo Jäänsen que declaró de forma no vinculante que:

Nadie puede impedir que Google muestre en sus resultados información publicada legalmente en páginas de terceros sólo por que le afecte personalmente.

 

Tras años de litigios, por fin hay resolución en firme en favor del demandante y se le da un fuerte varapalo al todopoderoso buscador Google al que se le obligará a cumplir con la normativa europa de protección de datos.

Confiamos en que esta sentencia marque un punto de inflexión en la conducta de la empresa Google y que, a partir de ahora, cumpla con la normativa europea de protección de datos y respete los derechos de los ciudadanos.

ha declarado José Luis Rodríguez Álvarez, director de la AEPD.

 

Obviamente la empresa se ha mostrado sorprendida y decepcionada dado que siempre han abogado por la libertad de expresión y han defendido sus intereses remitiendo las responsabilidades a terceros, como ha señalado Marisa Toro, directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa

Esta es una decisión decepcionante para los motores de búsqueda y editores online en general. Estamos muy sorprendidos de que difiera tan drásticamente de las conclusiones del Abogado General y de las advertencias y las consecuencias que ya identificó. Vamos a dedicar tiempo, desde este momento, para analizar las implicaciones de dicha decisión.

 

Por lo menos ahora, todo ciudadano que vea vulnerados sus derechos, sabe que puede reclamar a la empresa del buscador la eliminación de los contenidos y en caso de negativa dirigirse a la Agencia Española de Protección de datos o ir a los tribunales y presentar las respectivas reclamaciones y alegaciones para que sea retirada cualquier información que le perjudique, y es que actualmente se calcula que sólo en España puede haber más de 200 casos similares que se examinarán uno por uno y habiendo sentado jurisprudencia se aplicarán los resultados oportunos, según el Tribunal de Luxemburgo 

 

Fuente original de la noticia: Diario ABC